"Facultades inspección cuestionadas".
Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto rechazó la reclamación presentada por restorán y confirmó las multas por un total de $8.412.222 que le aplicó inspección provincial del trabajo por fallecimiento de trabajador sin contrato.
El Tribunal rechazó el reclamo deducido por la sociedad Nieto y Barrera Compañía Ltda. en contra del organismo fiscalizador, que impuso la sanción al recoger múltiples antecedentes que establecieron la relación laboral entre las partes.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto rechazó la reclamación presentada por la sociedad administradora del restorán «La Vaquita Echá» y confirmó las multas por un total de $8.412.222, que le aplicó la Inspección Provincial de Trabajo Cordillera por fallecimiento de trabajador sin contrato.
La sentencia indica que conforme a los fundamentos legales, interpretativos, sistémicos, doctrinales y constitucionales señalados en forma clara y precisa en el fallo citado precedentemente, no puede este juez, más que rechazar la tesis de la demandante, en orden de sostener la carencia de facultades de la Inspección del Trabajo, para proceder a calificar como laboral una situación contractual de informalidad, como ocurre en el presente caso, por tales motivos dicha alegación, que tiene por objeto restar validez y eficacia a la actuación de la Inspección del Trabajo, en lo que se refiere a la imposición de las sanciones ya referidas, emanadas de la constatación de la existencia de informalidad laboral, según sus propias conclusiones, ha de ser completamente descartada.
La resolución agrega que, a mayor abundamiento, cabe tener presente que la propia demandante utilizó en primer término para impugnar la multa aludida, la reconsideración administrativa de multa, la que culminó con la dictación de la resolución que son impugnadas, con lo cual solicita al propio Inspector del Trabajo que impuso la multa original, que la deje sin efecto, con lo cual, entonces, se reconoce indirectamente la facultad y los términos en que obró la repartición pública demandada en autos.
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