Práctica antisindical.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó denuncia de práctica antisindical y demanda de extensión de pago de bono por término de negociación colectiva interpuesta en contra de la Compañía Minera del Pacífico S.A.
El ofrecimiento de un bono por anticipo de negociación en la negociación colectiva no reglada, no resulta en sí mismo un desestímulo al derecho a negociación colectiva reglada.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la denuncia de práctica antisindical deducida en contra de la Compañía Minera del Pacífico S.A. por el Sindicato de Empresa Compañía Minera Huasco N° 1, Mina Los Colorados, de la empresa Cap S.A.
El fallo señala que la parte denunciante fundamenta su acción en el no pago del denominado “Bono de Negociación Anticipada”, ofrecido en el proceso de negociación colectiva anticipada que hubo entre las partes en los meses previos a la negociación colectiva reglada, lo que constituiría una práctica antisindical al dar un trato discriminatorio a los socios del Sindicato, excluyéndolos de un beneficio de los que gozaron los 9 Sindicatos restantes de la empresa, estimando que se les castigó por haber rechazado la negociación anticipada y haber llevado a la empresa al procedimiento de negociación colectiva reglada.
Agrega que, de la prueba incorporada al juicio, se acreditó que el referido bono de anticipo fue parte de la negoción no reglada y aceptado por el resto de las organizaciones sindicales, así como que al sindicato denunciante se le ofreció en varias oportunidades dicho bono, el que no aceptaron y decidieron libremente negociar bajo el procedimiento reglado, alcanzando beneficios que los demás sindicatos no obtuvieron.
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