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Corte Suprema
Artículo 483 del Estatuto Laboral.

CS confirma fallo que acogió demanda de autodespido de supervisora de parquímetros.

El máximo Tribunal desestimó el recurso especial, debido a que la parte recurrente solo presentó sentencias de cotejo, sin explicitar ni fundamentar la materia susceptible de homologación.

29 de marzo de 2021

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió demanda de autodespido y cobro de prestaciones laborales de supervisora de cobradores de parquímetros y que condenó solidariamente a las demandas, la empresa concesionaria José David Hidalgo Abarzúa Servicios Parking EIRL y la Municipalidad de San Felipe.

La sentencia sostiene que la recurrente, solicita que se unifique la jurisprudencia respecto a ‘la normativa que rige la relación entre la Municipalidad y el adjudicatario de una concesión vía pública licitación‘.

La resolución agrega que, dada la conceptualización que el legislador ha hecho del recurso en estudio, es menester para su procedencia, la concurrencia de, a lo menos, dos resoluciones que sustenten distinta línea de razonamiento al resolver litigios de idéntica naturaleza, siendo de responsabilidad del recurrente no sólo acompañar materialmente las copias en que se plasman los pronunciamientos que se confrontan con el fallo impugnado, sino que, además, es su deber expresar de manera precisa y circunstanciada, en el cuerpo del recurso, las interpretaciones disímiles que se enfrentan, correspondiéndole la carga argumentativa relativa a explicar la dispersión jurisprudencial que pretende remediar.

«De esta manera, no se aviene con la finalidad y sentido del especial recurso en análisis, entender como cumplida dicha obligación, con una enunciación de los fallos que se aparejan para su contraste, atendido los estrictos márgenes con que el legislador ha estructurado al arbitrio en estudio», añade.

Para la Corte Suprema, según se advierte de la lectura de la presentación que se examina, es manifiesto que la recurrente omitió toda referencia y explicación relativa al contenido y circunstancias relativas a la interpretación jurisprudencial que propone como contraste, limitándose solamente a acompañar copias de las sentencias, pero soslayando cualquier explicación sobre el contenido del pronunciamiento que efectúa, los contextos materiales homologables, y cómo su cotejo debe llevar a esta Corte a efectuar la unificación requerida.

«Que, en las condiciones expuestas, y, en especial, dado el carácter especialísimo y excepcional que reviste el mecanismo de impugnación que se intenta, particularidad reconocida expresamente por el citado artículo 483 del Estatuto Laboral, al determinar su procedencia bajo los supuestos estrictos que la disposición que le sigue consagra, se impone la inadmisibilidad del recurso», concluye.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº14.096-2021, Corte de Santiago Rol Nº557-2020 y de primera instancia O-163-2019

 

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