Amparo económico rechazado
Corte Suprema confirma revocación de permiso municipal a quiosquero por incumplimientos normativos y riesgo sanitario
El máximo Tribunal confirmó el rechazo de un recurso de amparo económico contra la Municipalidad de Lo Espejo, luego de que se acreditara que el quiosquero operaba sin los permisos necesarios y con infracciones sanitarias, confirmando que los permisos municipales son precarios y pueden ser dejados sin efecto.

La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel que rechazó el recurso de amparo económico interpuesto en contra de la Municipalidad de Lo Espejo, por la revocación de un permiso para ocupar un bien nacional de uso público en que el actor operaba un quiosco.
El recurrente alegó que la revocación del permiso, contenida en el Decreto Alcaldicio N°3189 de julio de 2025, vulneraba su derecho constitucional a desarrollar una actividad económica lícita. Sostuvo que había operado el quiosco por más de 30 años y que recientemente se le había otorgado un permiso formal mediante el Decreto Alcaldicio N°2214 de mayo de 2025. Argumentó que la revocación carecía de fundamento y le privaba arbitrariamente de su fuente de sustento.
El municipio sostuvo que su decisión se fundó en el carácter esencialmente precario de los permisos municipales y en el incumplimiento reiterado por parte del recurrente de los requisitos para ejercer la actividad comercial. Argumentó que el actor no contaba con patente comercial, resolución sanitaria ni otros permisos necesarios, pese a haber sido notificado en múltiples ocasiones para regularizar su situación. Añadió que se detectaron irregularidades sanitarias en la operación del quiosco que ponían en riesgo la salud pública.
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