Reclamación acogida
Se deja sin efecto expulsión de ciudadana boliviana tras 18 años de demora en notificación
El máximo Tribunal confirmó la decisión de la Corte de Copiapó que dejó sin efecto una orden de expulsión dictada en 2007 contra una ciudadana boliviana, luego de que fuera notificada 18 años después. La resolución se fundamentó en la pérdida de eficacia del acto administrativo por decaimiento, al haberse producido un retraso excesivo e injustificado que tornó inútil la finalidad sancionatoria y vulneró los principios del debido proceso y la igualdad ante la ley.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, que acogió la reclamación judicial interpuesta por una ciudadana boliviana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional.
La reclamante argumentó que la decisión es ilegal y desproporcionada porque no consideró adecuadamente sus circunstancias personales. Expuso que ingresó a Chile por paso no habilitado en mayo de 2007, pero luego regresó a Bolivia por enfermedad de su madre. En enero de 2025 volvió a ingresar legalmente como turista, siendo notificada en febrero de la orden de expulsión dictada 18 años antes, de la cual no tenía conocimiento. Afirmó que la expulsión vulnera sus derechos fundamentales, dado que tiene un proyecto de vida en Chile y una relación con un ciudadano chileno.
El Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que la expulsión fue dictada por autoridad competente con apego a la ley migratoria vigente en 2007 y con fundamentos suficientes, basándose en el ingreso clandestino al país. Explicó que se inició el procedimiento conforme a la ley, pero no fue posible notificar antes a la extranjera por no ser ubicada.
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