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Fiscalización laboral

Corte mantiene multa de $7,9 millones por no exhibir documentación laboral

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por una empresa de chocolates y dejó firme la sentencia que desestimó su reclamación judicial contra una multa de 26,73 ingresos mínimos mensuales (IMM), equivalente a $7.925.740, aplicada por la Inspección Comunal del…

Por Redacción·13 de agosto de 2026·4 min de lectura
Corte mantiene multa de $7,9 millones por no exhibir documentación laboral
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por una empresa de chocolates y dejó firme la sentencia que desestimó su reclamación judicial contra una multa de 26,73 ingresos mínimos mensuales (IMM), equivalente a $7.925.740, aplicada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente por no exhibir toda la documentación laboral requerida durante una fiscalización.

El conflicto se originó por una multa aplicada en junio de 2024 a la empresa por no exhibir toda la documentación laboral requerida durante una fiscalización.

La empresa reclamó ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, pero el tribunal rechazó la acción, mantuvo íntegramente la sanción y la condenó al pago de $600.000 en costas.

La empresa recurrió de nulidad alegando conjuntamente infracción de ley y vulneración de las reglas de la sana crítica y, en subsidio, esta última causal. Solicitó dejar sin efecto la multa o rebajarla al mínimo legal.

Sostuvo que el tribunal no valoró adecuadamente antecedentes que, a su juicio, demostraban que se trataba de una “re-fiscalización” vinculada con un procedimiento anterior ya sancionado y pagado, lo que evidenciaba una conexión entre ambas actuaciones.

También denunció falta de fundamentación, infracción de los artículos 505 A y 506 quáter del Código del Trabajo y vulneración del principio de proporcionalidad, afirmando que no se aplicaron correctamente los criterios objetivos para determinar la gravedad de la infracción y el monto de la multa.

Añadió que se trataba de un incumplimiento formal que no afectaba derechos laborales sustantivos y cuestionó que la sanción se mantuviera por haber insistido en conocer los motivos de la fiscalización.

Asimismo, alegó vulneración de los principios de transparencia, conclusivo y non bis in idem, pues sostuvo que se reabrió una fiscalización sobre hechos ya sancionados sin informarle debidamente sus fundamentos. También afirmó que se desconoció el Manual del Procedimiento de Fiscalización y el derecho a conocer íntegramente las razones de la sanción.

En definitiva, sostuvo que, de haberse aplicado correctamente la normativa y valorado adecuadamente la prueba, la conducta no podía calificarse como gravísima ni sancionarse en su rango máximo, por lo que pidió anular la sentencia y dejar sin efecto la multa o reducirla al mínimo legal.

En subsidio, la empresa alegó infracción manifiesta de las reglas de la sana crítica, sosteniendo que la prueba no permitía justificar adecuadamente la gravedad de la infracción ni el monto de la multa.

Reiteró que debían considerarse criterios objetivos, como la naturaleza del incumplimiento, la afectación de derechos laborales, el número de trabajadores involucrados y la conducta del empleador, análisis que, a su juicio, no fue realizado correctamente.

También insistió en que no se ponderaron antecedentes que demostrarían que se trataba de una “re-fiscalización” vinculada con un procedimiento anterior ni que la prueba de la Inspección justificara aplicar la multa en su rango máximo.

Finalmente, sostuvo que la conducta no podía calificarse como gravísima, ya que la falta de exhibición de documentos no habría afectado derechos laborales materiales de los trabajadores.

La Corte de Santiago recordó que el recurso de nulidad laboral es de derecho estricto y que sus causales persiguen finalidades distintas, por lo que no pueden plantearse conjuntamente aquellas destinadas a cuestionar los hechos y las que buscan revisar la correcta aplicación del derecho.

En este caso, la recurrente invocó simultáneamente una causal relativa a la valoración de la prueba conforme a la sana crítica y otra por infracción de ley. La Corte estimó que ambas eran incompatibles, pues una pretende modificar los hechos establecidos y la otra debe analizarse sobre hechos inamovibles.

Por ello, concluyó que las causales debieron formularse subsidiariamente y, al haberse planteado conjuntamente, estaban mal estructuradas, razón por la cual correspondía rechazarlas.

La Corte examinó la causal subsidiaria de infracción a las reglas de la sana crítica y concluyó que los argumentos de la empresa apuntaban, en realidad, a cuestionar los criterios jurídicos utilizados para calificar la gravedad de la infracción, materia propia de una eventual infracción de ley y no de una revisión de la prueba.

Además, señaló que la recurrente no explicó de qué manera se habría producido una infracción manifiesta ni identificó qué reglas específicas de la sana crítica fueron vulneradas.

Por ello, estimó que la causal subsidiaria carecía de fundamento y la rechazó.

En definitiva, la Corte de Santiago rechazó el recurso de nulidad y mantuvo firme la sentencia del Juzgado del Trabajo que desestimó la reclamación de la multa.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº710-2025 y del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT I-481-2024.

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