Recurso de amparo acogido por Corte de Valparaíso.
Como madre de interno padece depresión y obesidad se lo debe trasladar a un recinto más próximo para que pueda visitarlo.
El amparado fue traslado del Complejo Penitenciario de Valparaíso al de Valdivia, atendido que se negaba a entrar a los módulos que se le asignaban. No obstante, atendido el perfil criminológico y comportamiento, resulta posible trasladarlo al Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, informó la recurrida.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería por mantener a un condenado por los delitos de incendio y de amenaza en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia.
La madre del interno alega que no ha podido visitar a su hijo hace 17 meses, ya que con ocasión de que trabaja y padece obesidad, depresión y diabetes, no puede viajar a Valdivia, ya que reside en la comuna de Valparaíso, por lo que solicita que sea trasladado a una unidad penal de la región de Valparaíso, a fin de poder estar cerca de él, porque no se encuentra en buen estado de salud, tras la huelga de hambre y las heridas auto inferidas en su pulmón ocasionadas dentro de la unidad penal en la que se encuentra actualmente privado de libertad.
La recurrido informó que, “(…) el amparado fue traslado del Complejo Penitenciario de Valparaíso al de Valdivia, el año pasado, atendido que se negaba a entrar a los módulos que se le asignaban. No obstante, atendido el perfil criminológico y comportamiento del interno, resulta posible trasladarlo al Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, si esa medida se dispone por resolución judicial.”
Te puede interesar

Acción de protección rechazada por Corte de Rancagua.
Instalación de gas licuado en tanques no es ilegal si cumple con la normativa, por lo que no se divisa vulneración de derechos constitucionales.

Recurso de protección acogido.
Corte de Apelaciones de Santiago ordenó otorgar posesión efectiva de bienes intestados.

Corte Suprema confirma sentencia con declaración.
Servicio Nacional de Migraciones deberá ajustar su interpretación sobre reconocimiento de la condición de refugiados de extranjeros.

