Responsabilidad administrativa
Corte Suprema rechaza recurso contra destitución por existir reclamación pendiente ante Contraloría
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua y rechazó un recurso de protección interpuesto por funcionarios de un hospital público en contra de la resolución que confirmó su destitución, al considerar que la situación de los recurrentes aún no se encontraba…

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua y rechazó un recurso de protección interpuesto por funcionarios de un hospital público en contra de la resolución que confirmó su destitución, al considerar que la situación de los recurrentes aún no se encontraba definitivamente resuelta, pues mantenían pendiente una reclamación ante la Contraloría en la que cuestionaron la legalidad del procedimiento disciplinario y de la medida aplicada.
Los recurrentes alegaron que durante la tramitación del sumario se vulneró su derecho a defensa, pues el fiscal instructor reformuló los cargos después de que presentaran sus descargos, modificando su contenido y fundamentos sin ajustarse, a su juicio, al procedimiento establecido en el Estatuto Administrativo. Añadieron que las diligencias probatorias que solicitaron fueron rechazadas sin fundamentación suficiente y cuestionaron la imparcialidad del procedimiento, por lo que denunciaron una vulneración de la igualdad ante la ley y del debido proceso.
Los recurridos solicitaron el rechazo de la acción, argumentando, en primer término, que los funcionarios habían presentado una reclamación ante la Contraloría para cuestionar la legalidad del procedimiento disciplinario y de las destituciones. En cuanto al fondo, sostuvieron que la designación del fiscal instructor y la reformulación de los cargos se ajustaron a derecho, pues los afectados fueron nuevamente notificados y pudieron formular descargos, y añadieron que correspondía al instructor determinar la utilidad de las diligencias probatorias solicitadas.
La Contraloría informó que los funcionarios habían presentado reclamos de ilegalidad en contra del procedimiento disciplinario, pero que el organismo se abstuvo de pronunciarse sobre el fondo de esas presentaciones debido a la existencia del recurso de protección, de conformidad con las normas que regulan sus atribuciones.
La Corte de Rancagua descartó, en primer término, que la existencia de una reclamación ante la Contraloría impidiera conocer el recurso de protección. Razonó que esta acción constitucional es autónoma y está destinada a cautelar derechos fundamentales frente a actuaciones ilegales o arbitrarias, por lo que puede coexistir con otras vías administrativas o judiciales. Añadió que el propio órgano contralor se había abstenido de pronunciarse sobre el fondo de los reclamos debido a la existencia del proceso judicial.
Luego, precisó que si bien el recurso de protección no está destinado a revisar el mérito de las decisiones adoptadas en un procedimiento disciplinario ni la suficiencia de los antecedentes utilizados para determinar responsabilidades, los tribunales sí pueden examinar la legalidad y razonabilidad de las actuaciones desarrolladas durante el sumario cuando puedan afectar derechos fundamentales. Bajo esa premisa, constató que los cargos formulados inicialmente fueron posteriormente modificados en su contenido y fundamentos, cuando los funcionarios ya habían presentado sus descargos.
El tribunal estimó que esa reformulación alteró sustancialmente las imputaciones sobre las cuales los funcionarios habían construido su defensa y se realizó fuera del procedimiento contemplado en el Estatuto Administrativo. Consideró, además, que el reiterado rechazo de las diligencias probatorias solicitadas afectó el ejercicio de una defensa adecuada, pues las facultades del fiscal para dirigir la investigación y determinar la utilidad de las pruebas debían ejercerse respetando las reglas del procedimiento y las garantías de los inculpados.
Por ello, concluyó que las actuaciones cuestionadas eran ilegales y vulneraban la igualdad ante la ley y el derecho a un procedimiento racional y justo, sin que la reclamación ante la Contraloría constituyera un impedimento para otorgar tutela constitucional. En consecuencia, acogió el recurso de protección, dejó sin efecto la reformulación de cargos y las resoluciones posteriores que aplicaron y confirmaron las destituciones, y ordenó retrotraer el procedimiento disciplinario al estado anterior a aquella actuación para que continuara su tramitación conforme a derecho.
En contra de la sentencia de primer grado, los recurridos interpusieron recurso de apelación.
La Corte Suprema tuvo presente que los propios recurrentes habían presentado una reclamación ante la Contraloría, conforme al artículo 160 del Estatuto Administrativo, mediante la cual cuestionaron la legalidad del procedimiento disciplinario y de la resolución que confirmó sus destituciones. Observó que dichas presentaciones dieron origen a procedimientos administrativos que permanecían vigentes y pendientes de resolución ante el órgano contralor, circunstancia que incidía directamente en la situación jurídica de los funcionarios afectados.
Sobre esa base, el máximo Tribunal estimó que las decisiones impugnadas mediante el recurso de protección tenían el carácter de actos trámite, pues sus efectos se encontraban condicionados a lo que finalmente determinara la Contraloría respecto de los reclamos de ilegalidad formulados. En ese sentido, razonó que sería el pronunciamiento del órgano contralor el que determinaría la situación definitiva de los recurrentes, por lo que la acción constitucional deducida no podía prosperar mientras esa instancia administrativa permaneciera pendiente.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°35337-2026 y Corte de Rancagua Rol N°1523-2025 (Protección).
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