Argentina.
Google no debe suprimir de su buscador sitios web que acusaron de mala praxis a un sanatorio: actora omitió demandar a los propietarios y autores de las publicaciones.
La acción interpuesta debió haber sido dirigida contra los propietarios de tales sitios y/o autores intelectuales, a los fines de ventilar la suerte del contenido impugnado de falsedad por la actora y generador, desde su óptica, de lesiones a su honor, buen nombre e imagen.

La Cámara Civil y Comercial Federal (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por un sanatorio que fue objeto de injurias en diversos sitios de internet. Confirmó el rechazo de la demanda contra Google, ya que al estar individualizados los sitios web que publicaron la información agraviante la actora debía accionar directamente contra los propietarios y/o autores de las publicaciones, lo cual no ocurrió.
Según los hechos narrados, los sitios web acusaron al sanatorio de mala praxis, a raíz de la presunta negligencia del recinto y por las muertes de algunos pacientes en circunstancias aparentemente extrañas. Por ello el recinto médico demandó a Google para que suprimiera de su buscador las websites que lo habían agraviado.
Adujo que las injurias en su contra no estaban amparadas por la libertad de expresión, pues vulneraron su “honor, buen nombre e imagen”. El juez de instancia desestimó la demanda al constatar que la información fue publicada por terceros y no por Google. Además, distribuyó las costas en orden causado (cada cual afronta sus gastos). El sanatorio apeló el fallo en segunda instancia.
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