Diario Constitucional

Tribunal General de la Unión Europea.

Resolución de la Comisión Europea que aprobó un fondo de ayuda para compensar a las aerolíneas italianas afectadas por la pandemia, adolece de falta de motivación.

La motivación exigida por el TFUE debe ser adecuada al acto de que se trate y debe revelar de forma clara e inequívoca la motivación seguida por la institución que adoptó la medida, de tal manera que permita a las personas interesadas determinar los motivos de la misma y que el tribunal competente pueda ejercer su poder de revisión.

Por Redacción·29 de mayo de 2023·3 min de lectura
imagen: elconfidencial.com
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El Tribunal General de la Unión Europea anuló la decisión de la Comisión Europea que aprobó una medida de ayuda consistente en subvenciones pagadas por Italia a las aerolíneas italianas que se vieron afectadas durante la pandemia. Dictaminó que adolece de falta de motivación.

En el marco de la pandemia del Covid-19, las autoridades italianas establecieron un fondo de ayuda de $130 millones de euros para compensar los perjuicios que sufrieron las aerolíneas. Para optar a estos beneficios, las compañías debían acreditar no estar sujetas a otro fondo de ayuda y contar con un certificado de operador aéreo válido, además de poseer licencia italiana.

En 2020, Italia notificó a la Comisión Europea el pago de estas subvenciones, la cual no se opuso a la medida por estimar que era compatible con el mercado de la Unión Europea. No obstante, una compañía aérea no elegible para optar a la ayuda interpuso un recurso ante el TGUE para impugnar la decisión de la autoridad europea por falta de motivación, al tenor del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

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