Graves violaciones a los derechos humanos
Corte de Santiago eleva a $100 millones indemnización a mujer que fue golpeada por agentes de la Armada cuando tenía dos años
La Corte de Apelaciones de Santiago aumentó a $100 millones la indemnización que el Fisco deberá pagar a una mujer que, cuando tenía dos años, fue detenida y golpeada por funcionarios de la Armada en 1975, en Valparaíso, en el contexto de la persecución política que afectaba a su madre. El…

La Corte de Apelaciones de Santiago aumentó a $100 millones la indemnización que el Fisco deberá pagar a una mujer que, cuando tenía dos años, fue detenida y golpeada por funcionarios de la Armada en 1975, en Valparaíso, en el contexto de la persecución política que afectaba a su madre. El tribunal consideró la especial vulnerabilidad de la víctima por su corta edad, la gravedad de los hechos y las secuelas físicas y psicológicas permanentes que afectaron su desarrollo y proyecto de vida.
La controversia se originó en una demanda de indemnización de perjuicios presentada contra el Fisco por una mujer que fue víctima directa de graves vulneraciones de derechos humanos durante su infancia, en el contexto de la persecución política ejercida contra su familia.
Según los antecedentes establecidos en el proceso, en 1975, cuando tenía apenas dos años, la demandante fue detenida en su domicilio junto a su abuela materna, por razones políticas vinculadas con su madre. Durante el procedimiento, funcionarios de la Armada ocuparon la vivienda y sometieron a la niña a graves apremios, entre ellos un golpe en la boca propinado con un arma por uno de los agentes.
Los hechos que fundamentaron la demanda no fueron controvertidos durante el juicio, circunstancia que permitió al tribunal tener por acreditada la condición de víctima directa de la afectada y las agresiones sufridas durante su detención.
La Corte también estableció que la mujer fue objeto de una persecución constante durante su infancia, situación que provocó la separación de su grupo familiar y generó consecuencias que se prolongaron en el tiempo.
Entre las secuelas identificadas se encuentran afectaciones a su salud mental, trastornos psicopedagógicos y alteraciones de su ritmo circadiano, es decir, del ciclo natural que regula el sueño y otras funciones del organismo. Estas consecuencias fueron consideradas permanentes y con incidencia en distintos aspectos de su desarrollo personal y proyecto de vida.
Al revisar la indemnización fijada en primera instancia, la Corte de Santiago estimó necesario aumentar el monto de la reparación, atendida la gravedad de las vulneraciones sufridas y la especial condición de vulnerabilidad de la demandante, quien tenía solo dos años al momento de los hechos.
En su análisis, el tribunal destacó que la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce que las personas menores de edad requieren protección y cuidados especiales debido a su falta de madurez física y mental, incluida una adecuada protección jurídica tanto antes como después del nacimiento.
Asimismo, recordó que el artículo 37 letra a) de dicho tratado internacional prohíbe someter a niños a torturas o a otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Por su parte, el artículo 39 establece la obligación de los Estados de adoptar todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica, así como la reintegración social de los niños que hayan sido víctimas de tortura u otras formas de maltrato grave.
Sobre la base de estas disposiciones, la Corte sostuvo que las torturas sufridas por la demandante durante su primera infancia constituyeron una gravísima vulneración de sus derechos humanos, especialmente considerando su condición de niña y la protección reforzada que le correspondía.
El tribunal también destacó que las consecuencias de esas agresiones no se limitaron al momento en que ocurrieron, sino que provocaron secuelas físicas y psicológicas permanentes, cuyos efectos se han proyectado hasta la actualidad en diversos ámbitos de la vida de la afectada.
En ese contexto, consideró que la determinación del monto indemnizatorio debía reflejar tanto la gravedad de los hechos como la especial vulnerabilidad de la víctima y la persistencia de los daños ocasionados.
Asimismo, señaló que la cuantificación de la reparación debía mantener un grado razonable de correspondencia con las indemnizaciones establecidas por la propia Corte en otros casos de características semejantes.
De esta manera, concluyó que el monto fijado por el tribunal de primera instancia resultaba insuficiente frente a las circunstancias acreditadas y que correspondía incrementarlo.
En consecuencia, la Corte de de Santiago elevó a $100 millones la indemnización que el Fisco deberá pagar a la demandante, considerando las graves vulneraciones de derechos humanos sufridas cuando tenía dos años, su especial condición de vulnerabilidad y las consecuencias permanentes que esos hechos provocaron en su vida.
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