Fallo dividido.
CS confirmó que el término anticipado de la contrata de funcionario municipal cumplió las exigencias establecidas por el legislador y la Contraloría.
Los ministros disidentes estuvieron por disponer la reincorporación del actor, permaneciendo en el cargo en tanto no concluya por calificación deficiente o sanción adoptada en un sumario administrativo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que desestimó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Panguipulli por un funcionario cuya contrata terminó anticipadamente.
El actor expuso que la resolución impugnada refirió que la Municipalidad cuenta con una gran cantidad de funcionarios de planta que cumplen labores de conductores, siendo desproporcionada en relación a la demanda de trabajo; que no estaba presupuestado comprar un número de vehículos significativo que avalare la necesidad de tener más choferes; y que la pandemia obligaba a un uso y manejo adecuado y eficiente de los recursos.
Alegó que se esgrimen argumentos falsos, ya que no se desempeñaba como chofer sino como administrativo de apoyo a la Dirección de Tránsito, y que lo ampara la confianza legítima por haber sido prorrogada su contrata dos veces consecuenticas, por lo que -a su juicio- el vínculo sólo podía terminar por la medida de destitución, luego de un sumario administrativo o por una calificación deficiente que genere como efecto el cese de funciones.
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