Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
Empresa dueña de franquicia es responsable por los incumplimientos laborales y previsionales de la empresa franquiciada, resuelve la Corte Suprema.
En la especie, se homologó el contrato de franquicia a las normas de la subcontratación, por lo que la empresa franquiciante es responsable por las remuneraciones y cotizaciones previsionales impagas de los trabajadores contratados por la empresa franquiciada.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que desestimó el recurso de nulidad presentado contra el fallo de base que hizo lugar a una demanda por despido indirecto y nulo, y cobro de prestaciones laborales.
Se demandó a la empresa Bilbao y Machiavello SpA, y de forma solidaria a la franquicia Emporio La Rosa Limitada, despido indirecto, pago de remuneraciones atrasadas, y nulidad de despido como sanción por adeudar imposiciones.
Las demandantes indican que prestaron servicios como garzón, barquillera y barista, en una heladería ubicada al interior del Mall El Trébol de Talcahuano, hasta el 31 de mayo de 2019 época en la que deciden autodespedirse por los incumplimientos de la demandada principal que cerró el establecimiento donde trabajaron las actoras en marzo de 2019, solicitando la liquidación producto de su insolvencia, la que fue concedida el 24 de enero de 2020 por el tribunal civil de Talcahuano.
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