Recurso de casación en el fondo rechazado.
Padres de niño inoculado con vacuna vencida no pudieron acreditar la causalidad entre dicha negligencia y las enfermedades que padece el menor.
El mismo día de su nacimiento, en el hospital de El Salvador, se le suministró al menor una vacuna BCG que tenía cinco días de vencimiento. Con posterioridad, el niño contrajo meningitis y diversos trastornos, los cuales no pudieron ser acreditados por sus padres como consecuencia directa del actuar negligente de las profesionales que atendieron su hijo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Copiapó, que confirmó aquella de base que desestimó una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual.
Los padres de un niño nacido en el hospital de la ciudad de El Salvador, demandaron a dicho recinto, a la matrona y a la pediatra que participaron en el parto y en los cuidados posteriores del menor. La actora indica que su hijo nació el 5 de noviembre de 2014 y ese mismo día recibió la vacuna “BCG” contra la tuberculosis. Sin embargo, la vacuna se encontraba vencida al momento de la inoculación, circunstancia que fue advertida por el nosocomio el 19 de noviembre de 2014, momento en que citan a la madre con el niño para un supuesto “control completo”.
En dicho control, las demandadas notaron que la vacuna no se había asentado debido a su caducidad, lo que devino con el correr de los meses en diversos trastornos como meningitis, dificultades para desarrollar el habla, incontinencia, y trastorno del espectro autista.
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