Recurso de casación en el fondo rechazado.
Rechazo a registro de marca por coincidencias en signos gráficos y fonéticos es confirmada por la Corte Suprema.
La solicitante quiso inscribir la marca “SHOT ALFAJOR HELADO”, pero aquella coincidía en determinados signos con una pre existente denominada “HOT SHOTS”, lo que a juicio de la magistratura puede confundir al público y los consumidores.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, que confirmó aquella emitida por el INAPI, que rechazó el registro de marca de un producto alimenticio.
Una empresa multinacional de alimentos, solicitó la inscripción de la marca de uno de sus productos, denominado “SHOT ALFAJOR HELADO”, para distinguirse de otros similares en la clase 30, esto es, productos de confitería, helados, postres, pasteles y galletas.
El INAPI desestimó la solicitud, al verificar la existencia de una marca previamente inscrita para otro alimento en la misma clase, denominada “HOT SHOTS”; decisión que fue confirmada por el Tribunal de Propiedad Industrial en alzada, al estimar que, “(…) entre ambas marcas existen registros gráficos y fonéticos similares, que pueden confundir al público y los consumidores”.
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Solicitud de inscripción de marca se rechaza al presentar el mismo signo gráfico que otra registrada previamente.

Recurso de casación en el fondo rechazado.
Rechazo a registro de marca de empresa por coincidencias en signos fonéticos es confirmado por la Corte Suprema.

Propiedad Industrial.
Recurrente debe señalar específicamente la norma probatoria vulnerada y explicar cómo se produce la infracción, de lo contrario el recurso de casación en el fondo no puede prosperar.

