Normativa laboral
DT establece criterios sobre jornadas y descansos de choferes y peonetas de carga interurbana
La DT se pronunció sobre la aplicación de la jornada laboral para choferes de transporte de carga terrestre interurbana y sus auxiliares, aclarando cuándo se considera un servicio interurbano y cómo se aplican las nuevas reglas de la Ley N°21.561, que reduce progresivamente la jornada semanal a 40 horas. El dictamen también señala que los auxiliares que acompañen a los choferes deben regirse por la misma normativa.

La Dirección del Trabajo, mediante el Dictamen N°711, de fecha 21 de octubre de 2025, se pronunció respecto de la aplicación de la normativa sobre jornada laboral a los choferes de transporte de carga terrestre interurbana y a los peonetas o auxiliares que los acompañan, en el marco de las modificaciones introducidas por la Ley N°21.561 al Código del Trabajo.
El pronunciamiento responde a una solicitud presentada por una empresa del rubro que requería determinar si sus trabajadores, dedicados al transporte de carga dentro de la Región Metropolitana, estaban afectos a las disposiciones del artículo 25 bis del Código del Trabajo, y si dicha regulación era también aplicable a los auxiliares de carga.
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