Diario Constitucional

"Represaría directa a la fiscalización solicitada por la demandante".

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de tutela laboral presentada por trabajadora de casa particular, quien fue despedida tras hacer una denuncia por el no pago de cotizaciones previsionales.

El Tribunal acogió la denuncia por vulneración a la garantía de indemnidad de la trabajadora.

Por Redacción·28 de octubre de 2020·3 min de lectura
Comisión de Ética Judicial de España determinó que la participación de jueces en entrevistas, coloquios o redes sociales debe ser neutral para no comprometer la apariencia de imparcialidad del Poder Judicial.
Referencial

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de tutela laboral presentada por trabajadora de casa particular, quien fue despedida tras hacer una denuncia por el no pago de cotizaciones previsionales.

La sentencia indica que acreditada la circunstancia de no existir justificación del despido, que además este se ha producido como represaría directa a la fiscalización solicitada por la demandante, tampoco se ha rendido prueba que pudiera resultar idónea para estimar justificada o proporcionada la conducta del demandado, por lo que se acogerá la denuncia por vulneración de la garantía de indemnidad con ocasión de despido de la trabajadora demandante condenándose al demandado al pago de la suma equivalente a seis remuneraciones de conformidad a lo dispuesto por el artículo 489 del Código del Trabajo.

La resolución agrega, que conforme lo razonado precedentemente artículo 485 del Código del Trabajo, se encarga de señalar con claridad cuando los derechos y garantías constitucionales, que se encuentran protegidos por este procedimiento, se ven vulnerados o lesionados, lo que en doctrina se conoce como ‘garantía de indemnidad’, estableciéndose que estos derechos y garantías se verán lesionados cuando el empleador, haciendo uso a las facultades que le entrega la Ley, limita a los trabajadores el pleno ejercicio de estos derechos y garantías, sin justificación suficiente y de forma arbitraria o desproporcionada o sin respeto de su contenido esencial, agregándose que estos derechos y garantías se verán vulnerados además, cuando el empleador emprende represalias en contra de sus trabajadores en razón o como consecuencia de la labor fiscalizadora de la inspección del trabajo o por el ejercicio de acciones judiciales.

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