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#ley n°20.720

Imagen: ChatGPT/Elke

Conflicto por vacancia notarial

Declaran inadmisible recurso de notaría Valeria Ronchera contra Ministro de Justicia y fiscal judicial

La Corte de San Miguel estimó que la recurrente no acreditó un derecho indubitado frente a la falta de pronunciamiento del Ministerio de Justicia y que las actuaciones atribuidas a la fiscal judicial debían ser revisadas mediante el procedimiento disciplinario correspondiente. La Corte rechazó la reposición, por lo que los antecedentes fueron remitidos a la Corte Suprema para que resuelva la apelación subsidiaria.

21 de julio de 2026

radio.uchile.cl

Requerimiento de inaplicabilidad

Se impugnan normas que regulan apelación en el procedimiento concursal y permiten la liquidación forzosa por el cese en el pago de una obligación que consta en título ejecutivo

La requirente sostiene que las normas cuestionadas permitirían iniciar un procedimiento concursal de liquidación sin acreditar la insolvencia real del deudor y sin posibilitar la revisión de la decisión vía apelación, lo que implicaría una afectación desproporcionada al debido proceso y al ejercicio de actividades económicas en la gestión pendiente.

13 de diciembre de 2025

elserenense.cl

Ley N° 20.720

Contraloría determina que corporaciones municipales no pueden someterse a la Ley de Insolvencia

En respuesta a una consulta de la Municipalidad de La Serena, la Contraloría concluyó que la Corporación Municipal Gabriel González Videla no puede acogerse a los procedimientos de liquidación regulados por la Ley N° 20.720, al estar sujeta a un régimen jurídico de derecho público. Su disolución debe realizarse conforme a sus estatutos y que el municipio deberá reasumir las funciones y el personal traspasado.

08 de noviembre de 2025

Universidades pueden condicionar la entrega de títulos de postgrado si los alumnos mantienen deudas arancelarias impagas.

Recurso de casación en el fondo acogido.

Crédito Solidario debe ser excluido de procedimiento de liquidación concursal al estar regido por una ley especial.

En atención al principio de especialidad, las normas generales en materia de insolvencia no se aplican al crédito solidario, ya que la Ley Nº19.287 otorga un trato más favorable para el deudor, disponiendo una serie de beneficios para facilitar el pago de la deuda de estudios superiores; por lo que dicho crédito no puede ser incluido en la liquidación concursal iniciada por la fallida.

02 de febrero de 2024

Opinión emitida por jueza de TOP hacia el abogado defensor sobre su forma de interrogar a un testigo no quebranta la garantía de imparcialidad del tribunal.

Recurso de casación en el fondo rechazado, invalidación de oficio.

Resolución que niega el inicio del procedimiento de liquidación voluntaria es susceptible de ser reclamada mediante el recurso de queja, resuelve la Corte Suprema.

La Ley N°20.720 no contempló al recurso de apelación como vía para impugnar la decisión que niega lugar a una solicitud de liquidación voluntaria, por lo que es factible impugnar tal resolución mediante el recurso de queja atendida la naturaleza especial de esta acción, y en la especie, no privar al fallido de su derecho de acceso a la justicia.

25 de enero de 2023

Imagen: Microjuris Argentina

Recurso de casación en la forma acogido.

Jueces de fondo deben hacerse cargo y razonar sobre la prueba que alguna de las partes incorpore en segunda instancia, resuelve la Corte Suprema.

Recurrente acusó que la magistratura de alzada confirmó sin más la sentencia de base que desestimó la impugnación de un crédito, en circunstancias que en segunda instancia acompañó pruebas suficientes para desvirtuar la pretensión de la acreedora, y de las cuales el tribunal no se refirió.

14 de enero de 2023

Citación a confesar deuda es un derecho del acreedor, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de casación en el fondo acogido.

La extinción de las obligaciones por medio de la resolución de término del procedimiento concursal de liquidación, solo beneficia al deudor principal y no al codeudor solidario, resuelve la Corte Suprema.

Este beneficio o “descargue” tiene efecto personal, y permite al fallido volver a emprender luego de recuperar la administración de sus bienes, sin embargo, las obligaciones subsisten para ser cobradas al codeudor solidario, según los establece el artículo 255 de la Ley N°20.720.

07 de noviembre de 2022