Newsletter Nº568, 24 de octubre de 2023

Buenos días, destacamos el fallo de la Corte de Valparaíso que señala que si la cuenta personal de Instagram no es privada, la persona no es titular de una expectativa legítima de privacidad del contenido publicado. Además, la resolución de la Corte de Copiapó que afirma que testigos de oídas no son suficientes para condenar si no existen otros elementos probatorios. Le invitamos a leer la columna sobre "El tratamiento de los derechos humanos en el cine: el rol de los jurados en la administración de justicia", de Siomara Pérez y la opinión: El decreto Amunátegui…cuando “la contienda es [siempre ha sido] desigual”, de Leonora Madariaga.

Titulares

Si la cuenta personal de Instagram no es privada, la persona no es titular de una expectativa legítima de privacidad del contenido publicado, resuelve Corte de Valparaíso.

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Testigos de oídas no son suficientes para condenar si no existen otros elementos probatorios, resuelve Corte de Copiapó.

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Columna

El tratamiento de los derechos humanos en el cine: el rol de los jurados en la administración de justicia. 
 

Siomara Pérez

Noticias

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