Diario Constitucional

Recurso de protección acogido en alzada.

Sindicato que impidió acceso local que arrendaba constituye acto de autotutela ilícito que vulnera derechos fundamentales.

La Corte resolvió que, si bien se reconoció la existencia de un contrato previo al acto impugnado, no existe constancia de una comunicación que ponga fin a dicha convención ni acuerdo alguno sobre la modificación del acceso a las dependencias, por lo cual la actuación del sindicato constituye una acción de autotutela proscrita en el ordenamiento jurídico y que vulnera el derecho de la recurrente al goce del local comercial arrendado.

Por Redacción·09 de octubre de 2024·3 min de lectura
ifop.cl
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales de la Caleta El Manzano.

La recurrente celebró un contrato de arrendamiento con el sindicato el 8 de marzo de 2019.

Sostuvo que con fecha 30 de diciembre de 2023 el sindicato le impidió el ingreso y salida de su local comercial arrendado, al proceder injustificadamente al cierre con candado del mismo y retirar los carteles publicitarios del negocio, lo que vulnera sus derechos como arrendataria y conculca las garantías constitucionales previstas en los números 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.