Nulidad penal acogida
Corte Suprema anula condena por cultivo de marihuana debido a irregularidades policiales
Constata violación del debido proceso en allanamiento. Policías no informaron al imputado sobre su condición ni sus derechos al ingresar a su domicilio. Aunque el imputado permitió el acceso, esta autorización se consideró jurídicamente nula por falta de información previa sobre sus derechos. Determinó que las plantas de marihuana incautadas son prueba inutilizable debido a la irregularidad del allanamiento.

La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad y ordenó la realización de un nuevo juicio oral en un caso de cultivo de marihuana al constatar irregularidades en el procedimiento policial que llevó a la condena inicial.
La sentencia dio por establecido que se infringió el debido proceso, puesto que los funcionarios policiales no informaron al imputado sobre su condición ni sus derechos al momento de ingresar a su domicilio.
Asimismo, porque si bien el imputado permitió el ingreso a su vivienda, esta autorización fue considera jurídicamente inidónea por no haber sido informado previamente de sus derechos. El fallo señala que, «Para que la renuncia al ejercicio de un derecho o garantía fundamental, como es la inviolabilidad del hogar, pudiese surtir lícitamente efectos jurídicos, aparecía perentorio que su titular estuviese impuesto primeramente de su condición de imputado y seguidamente de los derechos que lo acompañan, entre ellos el de no autoincriminarse, dinámica fáctica que no ocurrió o, cuando menos, no fue acreditada su realización».
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