Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que acogió excepción de falta de legitimación pasiva en demanda contra inmobiliaria.
El fallo señala que para adoptar tal decisión la sentencia de primera instancia señaló que Inmobiliaria Aconcagua S.A., no ha celebrado ninguno de los contratos de promesa de compraventa de inmuebles cuyas cláusulas se imputan ser abusivas, sino que estos contratos habrían sido suscritos por sociedades filiales, que no fueron emplazadas al juicio.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que rechazó la demanda presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) contra de la empresa Inmobiliaria Aconcagua S.A., por supuestas cláusulas abusivas en contratos de promesa de compraventa realizados por sociedades filiales, contra las que no se accionó.
El fallo señala que para adoptar tal decisión la sentencia de primera instancia señaló que Inmobiliaria Aconcagua S.A., no ha celebrado ninguno de los contratos de promesa de compraventa de inmuebles cuyas cláusulas se imputan ser abusivas, sino que estos contratos habrían sido suscritos por sociedades filiales, que no fueron emplazadas al juicio.
La resolución agrega que, este razonamiento y decisión fue íntegramente confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago la que agregó que ‘SERNAC al deducir la demanda no acompaña ningún contrato efectivamente suscrito, sino que únicamente una copia simple de un modelo o proyecto de contrato de promesa de compraventa, con espacios en blanco para su llenado y sin indicar el nombre de la empresa vendedora ni tampoco del comprador.
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