Incompetencia absoluta del tribunal.
Juzgado de Policía Local se declara incompetente para resolver sobre una infracción a la Ley del Consumidor que ya fue sancionada por la SEC en un procedimiento administrativo anterior.
El SERNAC fundó su denuncia en los mismos hechos establecidos por la SEC en su procedimiento sancionador, ante lo cual el Tribunal declaró su incompetencia por haberse resuelto el asunto aplicando una ley especial, con sujeción al principio del non bis in idem.

La Corte de Santiago confirmó la sentencia dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Las Condes, que se declaró incompetente para resolver la denuncia interpuesta en contra de Cencosud Retail, por no proporcionar la información básica comercial que exige la Ley N°19.496.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) dedujo querella infraccional en contra de la mencionada empresa, por haber promocionado en su página web algunos electrodomésticos sin informar los Sellos QR de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que garantizan la seguridad de los productos, ni mostrar las etiquetas de eficiencia energética de los mismos.
En su libelo, el actor señala que tal omisión constituye una infracción a lo dispuesto en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, por cuanto se trata de publicidad engañosa, al no proporcionar información básica comercial, por lo que solicita se condene a la querellada al pago de una multa.
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