
Crédito con aval del estado
¿Puede la Tesorería cobrar el Crédito con Aval del Estado como si fuera un impuesto?
Un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia declaró que la Tesorería carece de competencia para cobrar una deuda del Crédito con Aval del Estado mediante el procedimiento previsto en el Código Tributario. El autor sostiene que, por tratarse de un crédito de naturaleza civil, su cobro debe sujetarse a las reglas generales aplicables al juicio ordinario o ejecutivo, cuestión que podría incidir en otros procedimientos similares actualmente en tramitación.
12 de septiembre de 2026














