Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

La condición de mero tenedor del demandado no obsta a la procedencia de la acción reivindicatoria que intenta el dueño que ostenta inscripción de dominio, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que la acción reivindicatoria es procedente, ya que la demandante, titular del dominio y poseedora inscrita, puede ejercitarla contra quien solo detenta la posesión material, en virtud de lo dispuesto en los artículos 889 y 895 del Código Civil.

Por Redacción·19 de noviembre de 2024·5 min de lectura
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que revocó el fallo de base que acogió la demanda, y en su lugar, la desestimó.

La causa versa sobre una acción reivindicatoria para recuperar la posesión de un inmueble, cuya propiedad está inscrita a nombre de la demandante. La demandada alegó la nulidad del título, basándose en una sentencia previa de la Corte Suprema que declaró nulos ciertos contratos relacionados con la adquisición del inmueble.

El tribunal de primera instancia desestimó las excepciones planteadas, acogió la demanda de reivindicación, y ordenó la restitución del inmueble.

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