Falta de probidad.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó acción de tutela laboral y demanda subsidiaria de despido indebido intentadas contra la Corporación Municipal de La Florida.
La actora fue sorprendida sustrayendo una bandeja con alimentos entregados por la JUNJI.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la acción de tutela laboral y la demanda subsidiaria de despido indebido intentadas en contra la Corporación Municipal de La Florida por una educadora de párvulos.
La sentencia señala que fue un hecho pacífico del juicio la existencia de la relación laboral de las partes, desde el 1 de marzo de 2011, en cuya virtud la actora se desempeñaba como educadora de párvulos, y que llegó a su fin el 24 de octubre de 2020, invocándose la causal de despido prevista en el artículo 160 N°1 letra a) del Código del Trabajo, esto es, falta de probidad.
Añade que la controversia radicó en determinar si el despido de la actora vulneró los derechos fundamentales a la integridad psíquica y a la honra, como sostuvo el libelo pretensor, y si resultaron concurrentes los hechos fundantes de la causal de despido, detallados en la carta de término de relación laboral respectiva.
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