Diario Constitucional

Ley karin en sector público

Algunas consideraciones sobre la columna de opinión: “Ley Karin en el sector público. Dificultades para su implementación en el sector público”

Aunque la Ley Karin constituye un avance significativo en la normativa sobre acoso laboral y sexual, su aplicación en el sector público revela tensiones no resueltas entre el ideal normativo y la práctica institucional. La falta de formación especializada, la interpretación flexible de las sanciones y los límites de los procedimientos disciplinarios muestran que el cambio cultural no se logra solo con leyes. La celeridad procesal y la proporcionalidad sancionatoria deben equilibrarse con garantías como el derecho a la defensa. Sin un enfoque sistémico e integral, persiste el riesgo de frustrar

12 de octubre de 2025·8 min de lectura
Imagen: twind.io
Referencial

En una reciente columna de opinión, de fecha 2 de octubre de 2025, publicada en Diario Constitucional por el abogado Francisco Aldunate Ramos, se plantean un conjunto de observaciones críticas que aluden a las dificultades de implementación de la denominada Ley Karin (Ley N°21.643) en el sector público, a más de un año de su entrada en vigencia (1° de agosto de 2024).

Entre otros aspectos, se cuestiona la falta de claridad jurídica, la escasa formación en género y algunos pronunciamientos de la Contraloría General de la República que relativizarían la sanción de destitución por acoso, constituyendo -en opinión del columnista- una amenaza para la erradicación de la violencia laboral y sexual en el sector público.

La opinión que comentamos, a su vez, surge a partir de un contrapunto efectuado por los profesores Francisca Arauna y Camilo Mirosevic sobre: “La implementación de la ley Karin en el sector privado y público: experiencias contrapuestas y cambio cultural”.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.