Creación de un órgano autónomo para la designación de los miembros de la Judicatura ¿Es una respuesta adecuada?
12 de agosto de 2024

Jesús Ezurmendia
Dicho modelo, integra a todos los operadores del sistema, a los poderes del Estado e integrantes externos, desconcentra las funciones conexas no jurisdiccionales de la Corte y tiene suficientes filtros y contrapesos para evitar su captación política tanto a nivel electoral general (Argentina) como político-gremial al interior del propio Poder Judicial (Corporativismos, caso Italiano).

Jordi Delgado
A simple vista, creo que se trata de una forma que bajo la premisa de hacer primar la participación ciudadana directa, perjudica la función al golpear el principio de la instalación a -casi- perpetuidad.















