La noción de vulnerabilidad y el débil jurídico en el Derecho Privado chileno
31 de mayo de 2025

Patricia López Díaz
Precisamente atendiendo a esta premisa es que tanto la doctrina nacional como la Circular Interpretativa del SERNAC han admitido la procedencia de la figura del consumidor hipervulnerable entre nosotros a partir del derecho del consumidor a “no ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios”, toda vez que constituye una manifestación del principio de igualdad y, en virtud de…

Yerko Cubillos Román
Ahora bien, esta discriminación de los “fuertes” sería solo consecuencial del argumento de atribución de “debilidad”, según la doctrina tradicional.
















