La nulidad de derecho público frente a materias distintas del acto administrativo.
Por Fernando Pinto
Pareciera que el carácter operativo de la Carta Fundamental ?y en particular de su artículo 7°- ha visto empobrecido su ámbito de aplicación general, ya sea por el desarrollo legislativo y/o jurisprudencial, circunscribiendo esta nulidad solo al casillero del Derecho Administrativo chileno.
08 de agosto de 2019









