
En el delito de falsificación de moneda, la imitación de la original debe ser lo suficientemente parecida para engañar al hombre medio, resuelve Tribunal Supremo de España.
Se hacía necesario que se determinara de manera clara, precisa y concluyente que, fuera de ese contexto defraudatorio automatizado, la apariencia de las piezas fabricadas era similar a la de las monedas de dos euros hasta el punto de poder engañar, en el tráfico económico, sobre su genuinidad a una persona media.
15 de abril de 2023




























