
CS rechazó casación en el fondo contra sentencia que hizo lugar a demanda de responsabilidad por falta de servicio establecimiento público de salud.
“conforme a los hechos fijados en la instancia, el Estado de Chile es responsable por cuanto se ha demostrado la concurrencia de una falta de servicio por parte del establecimiento asistencial y la relación de causalidad entre aquella y el resultado dañoso”.
08 de agosto de 2012




























