
Norma que limita causales de casación de forma en procedimientos especiales no produce resultados contrarios a la Constitución
La restricción de causales de casación en la forma en procedimientos especiales no vulnera derechos constitucionales. Es una atribución del legislador regular los recursos judiciales. El requirente no tiene un derecho subjetivo a un recurso específico como la casación. La aplicación de la norma impugnada no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva ni el debido proceso. Votos disidentes consideran que las normas sí vulneran los derechos constitucionales del requirente, especialmente en procedimientos especiales.
23 de agosto de 2025




























