
CS acogió casación en el fondo interpuesto por el Fisco contra sentencia que en juicio de hacienda acogió excepción de incompetencia del tribunal.
El Fisco puede actuar como demandante y solicitar la nulidad de un contrato de trabajo. Son competentes para conocer de esa acción los tribunales civiles y no los juzgados del trabajo.
02 de noviembre de 2017




























