
CS anuló de oficio sentencia que había rechazado acciones por daño ambiental y de indemnización de perjuicios causados en el Embalse Pitama.
“la calificación de daño ecológico significativo queda demostrada”, con lo cual se da por acreditada “la relación de causalidad entre la conducta imputada a la demandada y el perjuicio originado al medio ambiente, que consistirá precisamente en la desaparición del Embalse Pitama”.
23 de abril de 2011




























