
Corte Suprema ordena aplicar ley vigente al momento del delito para cálculo de libertad condicional
Revoca fallo que avalaba cómputo conforme a normativa posterior y exige respeto al principio de irretroactividad penal. Ley N°21.483 no puede aplicarse retroactivamente a condenados por delitos anteriores a su vigencia. El cálculo de plazos para beneficios intrapenitenciarios debe basarse en la ley vigente al momento del delito. Aplicar la nueva ley constituye un acto ilegal y arbitrario que amenaza la libertad personal del recurrente
24 de noviembre de 2025




























