
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por el Director de la Octava Compañía de Bomberos de Antofagasta inhabilitado por correo electrónico tras recibir una denuncia en su contra.
El recurrente estimó vulnerado sus derechos a la igualdad ante la ley, al debido proceso, al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, a la libertad personal y seguridad individual y a la propiedad.
23 de junio de 2019




























