
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por particular contra compañía de seguros por poner término supuestamente de manera unilateral a cobertura de seguros.
La Corte de Concepción indicó en su sentencia que, el recurrente no demostró que la recurrida se apartó de lo establecido en el artículo 19 de la póliza.
31 de marzo de 2020




























