
Notificación al perito tasador, aceptación del encargo y propuesta de día y hora para audiencia de reconocimiento son gestiones útiles que impiden declarar el abandono del procedimiento en juicio de expropiación, resuelve la Corte Suprema.
Estas gestiones deben ser calificadas como útiles, pues se trata de gestiones procesales indispensables para la prosecución del juicio hasta la dictación de la sentencia definitiva.
15 de agosto de 2024




























