
No califica como causal de necesidades de la empresa que ésta decida fusionarse. Tal es un acto jurídico que se genera por su libre voluntad.
La recurrida no acreditó que la fusión haya sido ocasionada por razones de bajas de productividad o por otras circunstancias económicas o de cambios en el mercado que involucren en sí una merma en las condiciones económicas del empleador.
07 de abril de 2022




























