
Si la deuda ya no se encuentra comunicada en base de datos alguna que pudiera ser publicada para fines de evaluación crediticia, la Corte no puede establecer medida alguna tendiente a restablecer el imperio del derecho.
Reclamó por deudas prescritas informadas al Boletín Comercial no puede prosperar si durante la tramitación de la acción una se aclaró y respecto de la otra el actor carece de un derecho indubitado.
26 de julio de 2022




























