Persona (Artículo N°4)
En el artículo 4 del Proyecto de Nueva Constitución se establece que las personas nacen y permanecen libres y se reconoce el principio de interdependencia y su igual goce de dignidad y derechos.
Definiciones generales
Persona: Parte del elemento humano que constituye el Estado. Puede resultar sencillo desde el sentido común definir lo que es persona, sin embargo, su importancia a nivel jurídico es inmensa. Aquello que se considere persona puede determinar varias consecuencias jurídicas, especialmente en lo que refiere a la aplicación de la misma Constitución, las leyes y el reconocimiento de los derechos humanos. Ahora, la personalidad (en el ámbito civil) es entendida como la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones, y, por atributo de personalidad, la cualidad que poseen los seres humanos y que los diferencian de los demás seres, siendo esencial e inherente a cada persona1. Existen las personas naturales (“Todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición”2) y las personas jurídicas (“una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente”3).
1Guía de Formación Cívica (2020), Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
2Código Civil, Artículo 55.
3Código Civil, Artículo 545.
Artículo 4.
Las personas nacen y permanecen libres, interdependientes e iguales en dignidad y derechos.
El borrador de la Nueva Constitución viene a regular el reconocimiento del lugar de la persona dentro del Estado. Se establece que las personas nacen y permanecen libres, además de mencionar la interdependencia de los miembros de la sociedad y su igualdad en cuanto a dignidad y derechos.
Esta norma es similar a aquella contenida en el Artículo 1 de la Constitución de 1980, pero cabe admitir diferencias que pueden resultar relevantes en la eventual aplicación de la Constitución. Mientras la Carta Magna de 1980 señala que “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, en la nueva redacción se agrega la permanencia de la libertad y la interdependencia de cada persona. La importancia de este cambio puede ser más bien simbólica, desde que se trata de reforzar la relevancia de la libertad como derecho fundamental, y el reconocimiento de la interdependencia para referir a la necesidad de colaboración dentro de un Estado y una sociedad para prosperar y crecer.