
La materia consultada se encuentra en el ámbito de atribuciones exclusivas de dicho órgano administrativo.
La materia consultada se encuentra en el ámbito de atribuciones exclusivas de dicho órgano administrativo.
Mientras hayan desempeñado labores idénticas que los establecimientos de salud pública o privada durante la pandemia del COVID-19.
Dado que el Tribunal Constitucional acogió a trámite 7 requerimientos de inconstitucionalidad sobre los decretos que otorgaron los indultos, la Contraloría decidió abstenerse para así evitar una interferencia de competencia (aplica el artículo 6 de la Ley que 10.336 de la LOC de la Contraloría).
Además, no se advierte la manera en que dicha ampliación del plazo pudo beneficiar solo al proveedor que finalmente resultó adjudicado ni tampoco de verifica que se haya producido un perjuicio fiscal.
No impide efectuar los descuentos el hecho de que el trabajador interponga un recurso ante la SUSESO, pues este es un órgano técnico fiscalizador y no el superior jerárquico de las COMPIN, por lo que las decisiones adoptadas por las respectivas Comisiones ya se encuentran firmes.
Tales recursos tienen por objeto satisfacer las necesidades de la gestión administrativa que desarrolla la DIBICAR, así como también la adquisición de materiales e insumos, tanto de remuneraciones de personal específico como de prestaciones de servicios básicos de las desocupadas por mantención o reparación sin usuario asignado y todos aquellos inherentes a la gestión.
Aplica el artículo 8 de la Ley 19.820, que obliga al Ministerio a entregar en comodato el inmueble del Liceo a la UCH (como su entidad responsable) con la finalidad de que se destine de forma permanente como sede del establecimiento secundario.
Requerir que los candidatos no estén involucrados en situaciones de acoso laboral/sexual se ajusta a la probidad administrativa, mientras que exigir sintonía ideológica resulta lógico para un nombramiento discrecional.
Un particular solicitó invalidar un dictamen de la Contraloría que rechazó su petición ejerciendo éste, en sede civil, la acción invalidatoria contemplada en el artículo 53 de la ley N° 19.880, la que no es procedente. El Contralor tiene la facultad de interpretar las normas legales y, eventualmente, cambiar sus criterios interpretativos.
El Tribunal Constitucional declaró inaplicable el precepto legal “o una licenciatura” contenido en el artículo 103, letra b), de la Ley 21.091, lo que tornó ilegal y arbitrario el dictamen de Contraloría que impedía acceder a la gratuidad a los alumnos del College UC.
Sólo la Constitución y las leyes pueden establecer restricciones de tal entidad, por lo que la Municipalidad deberá ajustar a la brevedad su ordenanza. Confirma su dictamen N°7.157/20.