Dirección del Trabajo


Dirección del Trabajo interpreta sentido y alcance de la ley que modifica el Código del Trabajo y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo

1 de febrero de 2024
La Dirección del Trabajo emitió el dictamen Nº 67/1 de 26 de enero de 2024, que Fija sentido y alcance de la Ley N°21.645, publicada en el Diario Oficial con fecha 29.12.2023, que Modifica el Título II del Libro II del Código del Trabajo "de la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar” y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones que indica.
Deber de protección del empleador.

Dirección del Trabajo emite pronunciamiento acerca de las obligaciones y medidas que debe adoptar el empleador ante la exposición de las personas trabajadoras a temperaturas extremas.

El empleador debe resguardar la vida y salud, informado de los posibles riesgos asociados al trabajo, mantener las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, y poner a disposición implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

15 de diciembre de 2023
Protección a la maternidad.

Procede la entrega de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna si la localidad en que desarrolla el trabajo la madre no cuenta con sala cuna autorizada.

Si no existen salas cunas privadas con reconocimiento o autorización de funcionamiento en una localidad, el empleador está impedido de dar cumplimiento a su obligación en la forma prevista por la ley, de manera que la obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna se puede cumplir a través de la entrega de un bono compensatorio.

9 de diciembre de 2023
Gozan si de fuero laboral.

Dirección del Trabajo no emite pronunciamiento si el empleador debe continuar pagando las remuneraciones de un trabajador candidato al Consejo Constitucional, hasta el día de la elección o el término de su mandato, si es electo.

Lo anterior, dado que el pago de la remuneración es una contraprestación del empleador (que nace por la ejecución de una labor o del servicio material o intelectual del trabajador). Sin perjuicio, los Consejeros pueden acordar con sus empleadores el pago de sus remuneraciones.

21 de agosto de 2023
Ordinario de la Dirección del Trabajo.

Resolver sobre medidas para mejor resolver en un procedimiento de fiscalización es competencia del Jefe de la Unidad de Inspección de la Inspección del Trabajo respectiva y no del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo.

Respecto a la consulta sobre la interpretación de una cláusula de un contrato colectivo que establece un bono de desempeño, indica que puede ser aplicable la regla de la conducta (asentada en el Ordinario N°2734 del 2014), que permite modificar o complementar estipulaciones expresas del contrato, por la aplicación práctica que las partes hayan dado al mismo.

31 de mayo de 2023
Páginade 27
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