El máximo Tribunal destacó el deber de transparencia en la fundamentación de las decisiones de retiro adoptadas en la Fuerza Aérea de Chile. Ordenó a la institución que le comunique al actor los fundamentos pertinentes y relevantes que motivaron su decisión, con el objeto de que éste pueda hacer uso de los recursos administrativos y judiciales que pudieren corresponderle.
Actos Administrativos
Solicitud de refugio desestimada: falta de documentación e inexistencia de derechos indubitados.
Contraloría exige a diversas instituciones públicas informar que medidas han adoptado para prevenir acciones de índole sexual y otras incivilidades en la vía pública.
Gobiernos Regionales se encuentran facultados para prestar apoyo y colaboración en situaciones de emergencia y catástrofe, en las condiciones que se indican
Instrucciones sobre algunos aspectos de la Ley del Lobby se imparten por la Contraloría General de la República
La Contralora (S) impartió instrucciones sobre aspectos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, incluidas reuniones que se verifiquen fuera de la jornada y en lugares privados.
Dirección del Trabajo interpreta sentido y alcance de la ley que modifica el Código del Trabajo y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo
La Dirección del Trabajo emitió el dictamen Nº 67/1 de 26 de enero de 2024, que Fija sentido y alcance de la Ley N°21.645, publicada en el Diario Oficial con fecha 29.12.2023, que Modifica el Título II del Libro II del Código del Trabajo «de la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar” y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones que indica.
Programas de capacitación municipal considerados para el reconocimiento en la carrera funcionaria deben ser los vigentes en el momento en que se realizaron las actividades de capacitación
Los cursos y estadías de perfeccionamiento que aportan puntaje para la carrera funcionaria deben ser parte de un plan de formación reconocido por el Ministerio de Salud, estar incluidos en el programa de capacitación municipal, y cumplir con requisitos de asistencia mínima y aprobación de evaluaciones finales.
Principio non bis in ídem no se infringe cuando la infracción que se sanciona no proviene de un mismo hecho
La Corte de Santiago desestimó la reclamación de la Municipalidad de Santiago contra la Resolución Exenta de la Superintendencia de Educación que la sanciona por la entrega tardía de cuentas y la omisión en la entrega de información solicitada. Descartó vulneración del principio de non bis in ídem, del debido proceso y del principio de proporcionalidad.
ENAP es solidariamente responsable de incumplimientos laborales de empresa contratista en contra de sus trabajadores.
Los demandantes fueron contratados por la empresa contratista para efectuar labores en dependencias de ENAP, propias de su giro, y de suma utilidad para el desarrollo de sus actividades, por lo que existe trabajo en régimen de subcontratación y la empresa estatal debe responder de forma solidaria en favor de los actores.
Hallazgos arqueológicos con pronunciamiento pendiente del Consejo Nacional de Monumentos paralizan plazo de tres años en que caducan los permisos de edificación
Las obras no podían comenzar legalmente hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales las autorizara debido a los hallazgos arqueológicos, por lo que el plazo de tres años que habilita la caducidad del permiso de edificación no se completó. La caducidad opera automáticamente y de pleno derecho.
Reclamación contra sentencia del Tribunal de Contratación Pública se desestima por la Corte de Santiago. Se funda en meras apreciaciones sin especificar con precisión la forma como se produce la ilegalidad o la arbitrariedad de la sentencia impugnada.
La acción de reclamación tiene como propósito revisar la legalidad del proceso licitatorio, denunciando y probando la transgresión a la normativa que lo rige, las ilegalidades o arbitrariedades en que pudo incurrirse, pero en este caso el Tribunal ajustó su actuar a la Ley N° 19.886, sin que su decisión pueda calificarse como contraria a derecho.
Correos de Chile se encuentra habilitada jurídicamente a dar de baja computadores cuya tecnología se encuentra obsoleta para sus finalidades y donarlos a entidades sin fines de lucro.
No obstante, la empresa pública debe tener en consideración preceptos relativos a la probidad administrativa y resguardo del patrimonio público que le son aplicables (arts. 6, 7 y 8 de la Constitución, y Ley 18.575).
Superintendencia de Pensiones es competente para fiscalizar la autorización o rechazo que debe efectuar el IPS ante la solicitud de pago por subrogación de un exonerado político y no la Contraloría General de la República.
El artículo 48 de la Ley 20.255 traspasó a la Superintendencia de Pensiones la facultad que tenía la SUSESO de pronunciarse respecto de los beneficios que otorgan las Leyes N°s 19.123, 19,234, 19.582 y 19.992
Reclamo de ilegalidad en contra de la CMF por aplicar disposición que considera supuestos derogados de la Ley 18.815 sobre límites de inversión inmobiliaria se acoge por la Corte Suprema.
Se reprochó a la compañía haber excedido los límites basados en hipótesis que no existen actualmente, careciendo la CMF de facultades para revivir o interpretar normas derogadas. No resulta factible aplicar el artículo 23, N°2, letra d), del DFL N°251, que se refiere a supuestos derogados del artículo 5 de la Ley 18.815, sobre activos que podían ser objetos de inversión.