
La Comisión Evaluadora erró al asignar la puntuación otorgada a la adjudicataria al reconocerle experiencia durante un periodo en que dicha entidad no efectuó exámenes.
La Comisión Evaluadora erró al asignar la puntuación otorgada a la adjudicataria al reconocerle experiencia durante un periodo en que dicha entidad no efectuó exámenes.
El reclamante alegó que, aunque ofreció realizar el trabajo en menos tiempo que otros oferentes se le evaluó apartándose de las bases, lo que fue descartado por Tribunal.
La empresa reclamante alegó que su oferta sí cumplía con las exigencias de peso, puesto que, si las bases establecían un peso máximo de 3,5 kilos con un sólo decimal, y sus chalecos pesaban 3,52 kilos, estos estaban dentro del límite admisible.
El reclamante alegó que la Comisión Evaluadora erró al desestimar su oferta, ya que sus precios corresponden a lo usual en su industria.
El reclamante alegó que el adjudicatario no habría cumplido con las bases de licitación.
El reclamante alegó que el otro oferente presentó certificados que no cumplían las bases de licitación.
El reclamante alegó que el adjudicatario había presentado certificados de experiencia no válidos.
El reclamante alegó que el oferente adjudicado no podría cumplir con los plazos prometidos.
La Corte de Santiago señala que para recurrir en contra una sentencia del TCP debe interponerse un reclamo de ilegalidad.
El reclamante alegó que presentó los mismos equipos que el otro oferente, pero su oferta fue rechazada.
Se produjo una diferencia en la interpretación de las bases entre los oferentes y el Servicio.