
La gestión pendiente incide en autos sobre cumplimiento laboral, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre cumplimiento laboral, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de cobranza laboral y previsional seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
El eje central del evento será “Diversidad y Reconocimiento”, en torno al cual se hablará sobre las luchas de los movimientos sociales por el reconocimiento de las diferencias, los éxitos alcanzados y las agendas pendientes en relación con los pueblos étnicamente diferenciados, las mujeres, las personas con capacidades diversas y la población campesina, entre otros grupos de especial protección.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro García y de la Ministra Silva, quienes estuvieron por declarar la inadmisibilidad del requerimiento en virtud del artículo 84 N° 5 de la LOCTC.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Brahm y el Ministro Letelier, quienes estuvieron por declarar admisible el requerimiento, al no configurarse ninguna de las causales establecidas en el artículo 84 de la LOCTC.
La resolución hace presente que el Ministro García previene que estuvo por declarar la inadmisibilidad, además, por causal prevista en el numeral 5° del artículo 84 de la LOCTC.
La Magistratura constitucional colombiana adujo que ni el juez del caso, ni las fiscalías que actuaron dentro del proceso penal, permitieron un acceso real y efectivo a la administración de justicia, ni ejercer en debida forma el derecho de defensa del imputado.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en el fondo, seguido ante la Corte Suprema.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.