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Proyecto de ley reconoce la función de los recolectores de residuos domiciliarios y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad en el trabajo.

La labor de manejo de residuos domiciliarios los expone a condiciones de trabajo hostiles, y a un mayor riesgo de sufrir accidentes y enfermedades profesionales.

24 de mayo de 2024

El Mensaje del Presidente de la República, Gabriel Boric, ingresado a la Cámara de Diputadas y Diputados, que lleva la firma de la Ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, y de la Ministra de Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, busca reconocer la labor de los recolectores de residuos domiciliarios, y fortalecer su protección en la salud y seguridad en el trabajo, robusteciendo su acceso a la atención que presta el seguro de accidentes y enfermedades profesionales establecido por la ley N°16.744, e incorporar garantías para que tanto trabajadoras y trabajadores contratados directamente por municipios, como quienes se encuentran subcontratados, puedan acceder a los derechos que esta norma otorga.

El Mensaje expone que desde el año 2023, el Gobierno ha realizado un trabajo sistemático con las organizaciones de recolectores de residuos domiciliarios, recogiendo sus demandas más importantes, con el fin de entender las complejidades y vicisitudes que enfrentan.

Afirman que, las dificultades están dadas por los riesgos laborales que presenta el manejo de residuos domiciliarios en sí, y que los expone a condiciones de trabajo hostiles, y a un mayor riesgo de accidentes y enfermedades profesionales.

Señalan que las organizaciones de trabajadores del sector han identificado, además, que uno de sus principales problemas radica en la atención con los organismos administradores del seguro de la ley N°16.744 (Establece Normas Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales), lo que ha dado lugar a una muy baja cantidad de denuncias de enfermedades profesionales entre las personas trabajadoras del rubro.

La propuesta define a la labor de recolección de residuos domiciliarios como aquella realizada por barredores, conductores o choferes y peonetas en camiones recolectores en el contexto del cumplimiento, por parte de las Municipalidades, del mandato establecido en el artículo 3 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, indistintamente de su calidad contractual.

Además, propone que en la evaluación de las propuestas que se realicen en el proceso de subcontratación de servicio de recolección de residuos domiciliarios por parte de las Municipalidades, se dé prioridad a quien oferte mayores sueldos por sobre el ingreso mínimo mensual y otras remuneraciones de mayor valor.

Conjuntamente, la iniciativa establece el deber de garantizar a los trabajadores el acceso a servicios sanitarios y de limpieza. Para el cumplimiento de esta obligación, el proyecto de ley prevé la posibilidad de que las empresas y los municipios celebren convenios, así como la posibilidad de imputar a la garantía de licitación el financiamiento necesario para el caso de incumplimiento.

Asimismo, apunta a que el empleador sea este una entidad contratante adjudicataria, un Municipio o Gobierno Regional, estará obligado a realizar capacitaciones para que los trabajadores puedan conocer la forma de acceder al seguro de accidentes y enfermedades profesionales establecido en la ley N° 16.744. En el mismo sentido, el proyecto de ley establece que los empleadores deberán poner a disposición de las personas trabajadoras un protocolo de prevención y gestión de riesgos, a través de los organismos administradores de la referida ley.

También instituye que, en caso de adjudicarse una nueva contratación pública, dentro del plazo de tres meses desde el inicio del respectivo contrato, el adjudicatario deberá hacer el requerimiento para la calificación de trabajos pesados, conforme a lo establecido en la ley N° 19.404 (Introduce modificaciones al decreto Ley N° 3.500, de 1980, y dicta normas relativas a pensiones de vejez, considerando el desempeño de trabajos pesados).

Por otra parte, la iniciativa dispone que la Superintendencia de Seguridad Social, mediante una norma de carácter general, entregará las directrices que deberán seguir las entidades administradoras de la ley N° 16.744 en el desarrollo de la asistencia técnica necesaria para el cumplimiento de las obligaciones por parte de los empleadores que establece el presente proyecto.

Por último, el mensaje consagra que los recolectores de residuos domiciliarios tendrán derecho a que, en los casos en que ocurran accidentes producidos con ocasión de la prestación de servicios, su empleador cuente con un plan de respuesta ante emergencias, destinado a efectuar un retorno rápido y seguro a las dependencias en que inician sus funciones, o la derivación al organismo administrador del seguro de la ley N°16.744 que corresponda.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Vea texto del Mensaje Boletín N° 16.846-13 y siga su tramitación aquí.

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