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Contraloría tomó razón de decreto que incrementa control sobre sustancias químicas precursoras de drogas.

Modifica el decreto Nº 1.358, de 2006, del Ministerio del Interior, que establece normas que regulan las medidas de control de precursores y sustancias químicas esenciales dispuestas por la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, por cuanto se ajusta a derecho. El documento incluye siete nuevos compuestos e incorpora en la fiscalización a la PDI y Carabineros.

25 de mayo de 2024

Como parte de su enfoque de aportar a que el Estado atienda de forma más eficaz las necesidades de la ciudadanía, en especial en materias vinculadas a seguridad, la Contraloría General tomó razón del Decreto N°217 de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, modifica el decreto Nº 1.358, de 2006, del Ministerio del Interior, que establece normas que regulan las medidas de control de precursores y sustancias químicas esenciales dispuestas por la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, por cuanto se ajusta a derecho.

Este documento modifica las medidas de control sobre las sustancias químicas precursoras de drogas que se ocupan en la industria, pero que también pueden ser utilizadas en la producción de drogas referidas en la Ley 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

En el documento, despachado recientemente por la Contraloría, se establece, por ejemplo, un aumento en los controles de inventario para quienes comercializan y que transportan dichos compuestos. Asimismo, incorpora al listado de sustancias controladas siete nuevos elementos.

Entre las modificaciones más relevantes, también incluye a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) y a Carabineros de Chile en las labores de inspección de estas sustancias. Dicha actividad anteriormente solo era competencia de funcionarios de la Subsecretaría del Interior. Junto con ello, se amplían las atribuciones de la autoridad para sancionar las infracciones al reglamento.

Adicionalmente señala que, para efectos de llevar a cabo la suspensión, cancelación o denegación de la inscripción en el Registro Especial de Usuarios de Sustancias Químicas Controladas, el Ministerio Público remitirá trimestralmente a la Subsecretaría del Interior la nómina de los sujetos que han sido condenados o formalizados por la Ley 20.000.

Se tomó razón del acto administrativo examinado con alcance, ya que en la suma del instrumento, en sus vistos y en el encabezado de su artículo primero, se alude al decreto Nº 1.358, de 2007, del Ministerio del Interior, en circunstancias que el año de su promulgación y, por ende, de su individualización, corresponde al 2006. Además, el considerando Nº 9 se refiere erróneamente a la ley Nº 20.575, debiendo mencionar a la ley Nº 21.575, como acontece en los vistos y en el considerando Nº 8 del mismo acto.

Entrará en vigencia el 13 de agosto de 2024.

 

Vea texto del Decreto N°217 de 2023,del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,

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