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Arraigo familiar.

CS revocó sentencia y acoge amparo por orden de expulsión del país.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional; decisión revocada por la Corte Suprema en alzada.

8 de febrero de 2016

Se dedujo recurso de amparo –por parte de una ciudadana peruana- en contra de la Intendencia de la Región Metropolitana.

La recurrente expuso en su libelo que la Intendencia de la Región Metropolitana, la que mediante Resolución N° 355, de fecha 4 de junio de 2009, decretó orden de expulsión en su contra, en virtud de los siguientes antecedentes.

Expone que en el año 2008 ingresó clandestinamente a Chile desde Bolivia, siendo víctima del delito de tráfico de migrantes, ya que debió pagar una suma de dinero.

Agrega que tiene 3 hijos, nacidos entre el 2010 al 2013, todos de nacionalidad chilena.

Expone que por la situación antes descrita, y por el riesgo de ser nuevamente expulsada, con fecha 10 de octubre de 2014, presentó ante la recurrida un recurso de reconsideración, respecto del cual no existió pronunciamiento durante más de un año. Agrega que el 6 de enero y 10 de junio pasado presentaron solicitudes, sin obtener respuesta por la recurrida. Por lo anterior, solicitaron la intervención de la Comisión Defensora Ciudadana y Transparencia, la que con fecha 8 de septiembre conminó a la recurrida a resolver el recurso administrativo. Indica que, pese a lo anterior, no obtuvo respuesta, por lo que se obligó a denunciar con fecha 25 de noviembre el silencio negativo a objeto de agotar la vía administrativa y solicitar un pronunciamiento de la Corte.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional; decisión revocada por la Corte Suprema en alzada.

En su sentencia, el máximo Tribunal adujo que el dictamen de expulsión se respalda únicamente en la noticia entregada en un parte policial, lo que resulta insuficiente para revestir del fundamento que requiere todo acto administrativo y, en especial, uno de tan graves consecuencias para el libre desenvolvimiento de la amparada en este país como lo es la resolución afecta cuestionada.

Sin perjuicio de lo anterior, agrega el fallo que la amparada solicitó la reconsideración de la decisión de expulsión, existiendo nuevos antecedentes que hoy justificarían su revisión, en particular, que durante el extenso período en que ha permanecido en este país de manera irregular, ha conformado una familia, naciendo sus tres hijos de nacionalidad chilena, circunstancias que no pueden ser desatendidas por la autoridad administrativa por mandato del artículo 1° de la Constitución Política de la República, que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección así como propender a su fortalecimiento; derechos también consagrados por diversos tratados internacionales relativos a la protección de la familia, motivo por el que, en caso de llevarse a efecto la medida en contra de la cual se recurre, se producirá la disgregación del núcleo familiar.

En tales circunstancias la resolución atacada carece de fundamento, concluye así la sentencia, pues el que es invocado en ella no resultaba suficiente a la sazón para ese efecto y, menos hoy en día, transcurridos más de seis años desde su dictación, dada la variación de la situación de arraigo familiar de la amparada en este país, todo lo cual lleva a acoger la acción de amparo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de Corte Suprema en causa Rol 37574-2015

 

 

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